MOMENTO PROCESAL DE APERTURA Y SEÑALAMIENTO DE OBJETO DE JUICIO Momento procesal de apertura El tribunal de enjuiciamiento declara la apertura de la audiencia para comenzar con el debate entre la victima u ofendido a través de su asesor jurídico y del imputado por medio de su defensor, desahogándose las pruebas que se descubrieron en la etapa anterior y puedan ahora si ser valoradas por el Tribunal de enjuiciamiento. Señalamiento de objeto de juicio Define claramente a esta etapa de la cual menciona que el juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso y debe realizarse sobre la base de la acusación en la cual se asegura la efectiva vigencia de los principios estudiados como son: Inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad, solo eso, en su cabal y legal cumplimiento.
Comentarios
Publicar un comentario